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Ambiente trabaja en los lineamientos para el Plan de Manejo de la Ballena Franca

La Autoridad Local de Conservación comenzó a delinear el Plan de Manejo de la Ballena Franca Austral, que contemplará las medidas a tener en cuenta para propiciar la conservación de este monumento natural provincial y de su hábitat natural.

Fecha: 11 de junio de 2018

Entre algunos de los puntos que se definieron fue el diseño de nueva cartelería que permita promocionar la actividad de avistaje en el marco del Área Natural Protegida, que será costeado en conjunto con la Asociación de Prestadores de Servicios Náuticos de la Bahía.

Del encuentro participaron la Secretaría de Ambiente, el Ministerio de Turismo, la Secretaría de Turismo de San Antonio, CIMAS, Fundación Inalafquen, Fundación Azara, Cámara de Comercio de Las Grutas, Federación de Entidades Empresarias de Rio Negro y la Asociación de Prestadores de Servicios Náuticos.

La ballena franca austral fue declarada Monumento Natural de Río Negro mediante la Ley Nº 4066 en el año 2006 y sus poblaciones a nivel mundial se consideran en estado "Vulnerable" según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Esto se debe a que durante siglos, las poblaciones de ballenas fueron descendiendo en número a causa de la caza indiscriminada con fines de subsistencia (en una primera instancia), científicas, industriales acompañado del avance de la tecnología y las herramientas que permitían su captura, u otras. 

Actualmente, en la Bahía de San Antonio, los ejemplares de ballena pueden observase de julio a octubre, y una de las principales propuestas para brindar una experiencia única de avistaje responsable consiste en la excursión embarcada a cargo de la Asociación de Prestadores Náuticos, que recorre parte del Golfo San Matías, brindando charlas y guiados acerca de la biodiversidad asociada a este ambiente así como del Patrimonio Cultural con el que cuenta el Área Natural Protegida.

 

Esta actividad se encuentra regulada por la Secretaría de Ambiente a los fines de dar cumplimiento a las condiciones mínimas establecidas a través de la Ley M Nº 4066, y los requisitos establecidos para cada prestador de servicio es consensuada anualmente ante la Autoridad Local de Conservación, espacio en el cual se comenzó a trabajar aquellos mecanismos que permitirán contar con un Plan de Manejo que afirme esta actividad turística recreativa y brinde mayores estándares de seguridad para la especie y los visitantes que eligen embarcarse en la experiencia.

 

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